Publicado el 17 Febrero 2021
Hombre que discriminó a persona con discapacidad visual fue sancionado por el hecho
En audiencia de conocimiento de cargos, luego de la etapa de conciliación, la Agencia de Delitos contra Discriminación de la Fiscalía de Derechos Humanos solicitó la aplicación de criterio de oportunidad a favor de Moisés Vargas Navas, por el delito de discriminación cometido en contra de William Alexander Zapeta Osorio.
La fiscalía solicitó al Juzgado Pluripersonal de Paz Penal el criterio de oportunidad a favor de Vargas Navas con la imposición de las siguientes reglas:
1. Sanción moral, que consistió en pedir perdón a la víctima durante la audiencia.
2. Campaña de sensibilización con stickers que incluyan imagen del perro guía y los artículos de la convención referentes a no discriminación.
3. Pago de 500 impresiones y distribuirlas a 50 pilotos de Uber y taxis, con el objeto de sensibilizar y evitar la discriminación de personas con discapacidad.
Si no cumple con estas reglas impuestas se le procesará por el delito de discriminación, además, por desobediencia.
Los hechos
El 30 de agosto de 2019 el señor Moisés Vargas Navas como prestador de servicio de transporte por medio de la aplicación Uber aceptó digitalmente el requerimiento de sus servicios para transportar al señor William Alexander Zapeta Osorio, por lo que se dirigió a la zona 10 de Guatemala, lugar donde se encontraba el agraviado quien tiene discapacidad visual y se hacía acompañar de su perro guía Norm.
Vargas Navas al observar que éste se hacía acompañar de su perro, preguntó si viajaría con él, seguidamente le indicó que no podía transportarlo. A pesar que Zapata Osorio le explicó que era un perro guía le dijo que ningún piloto de Uber le daría el servicio y se retiró del lugar, restringiendo el servicio de transporte privado en perjuicio del derecho de igualdad y dignidad.
William Alexander Zapeta Osorio es una persona con discapacidad visual que ha velado por la protección de los derechos de las personas discapacitadas a nivel nacional e internacional, manifestó sentirse reparado con la campaña de sensibilización que se va a realizar y lo motiva a continuar con la defensa que realiza en pro de una Guatemala incluyente y respetuosa de los derechos de personas con discapacidad.
De acuerdo con la fiscalía, se espera llegar a los representantes de Uber para que se pueda modificar la aplicación y se incluya a personas con discapacidad al momento de solicitar el servicio.
Criterio de oportunidad
El criterio de oportunidad es una medida desjudicializadora en la cual el artículo 25 bis del Código Procesal Penal establece que se otorga con consentimiento del agraviado y aceptación de los hechos por parte del acusado.
El objetivo es dar la oportunidad de un año al beneficiado para que cumpla con las reglas establecidas, las cuales tienen el objetivo de una reparación efectiva y positiva para el agraviado. Solo puede aplicarse en delitos menos graves los cuales son delitos de menos de 5 años de pena de prisión.
Guatemala, 17 de febrero de 2021

