Publicado el 06 Junio 2023
Hombre es condenado a prisión por agresión sexual
La Agencia Fiscal de la Mujer en Suchitepéquez logró sentencia condenatoria de 6 años de prisión inconmutables contra Ronaldo Pu Riz por el delito de agresión sexual.
La fiscalía presentó pruebas suficientes ante el Tribunal de Sentencia Penal de Delitos de Femicidio y Otras formas de Violencia contra la Mujer por delito cometido en contra de una niña de 8 años de edad.
El tribunal resolvió además reconocer a la víctima en dignidad como persona con todas sus circunstancias de interseccionalidad como sujeta de derechos. Como pena accesoria suspendió el goce de los derechos políticos del ahora condenado por el tiempo que dure la condena; que se incluyan sus datos en el Registro Nacional de Agresores Sexuales y publicar el fallo, ocultando lo datos de la víctima en las páginas del Ministerio Público y el Organismo Judicial.
Además, ordenó al Sistema de Atención Integral que oficie al Instituto de la Víctima para que el psicólogo de dicha institución le brinde apoyo psicológico a la víctima en su propia residencia para evitar la victimización secundaria por su precariedad económica y pueda superar las secuelas psicológicas por el daño causado o en su defecto, la derive a una institución de la red de derivación en caso exista en el domicilio de la niña.
Como medida de no repetición y una forma de reparación digna e integral se ordenó a dicho Sistema que oficie al Ministerio de Desarrollo Social para que en la medida de las posibilidades y presupuesto institucional incluya en un programa de apoyo social económico a padre de la niña y al trabajador social del Instituto de la Víctima para que supervise la inscripción de la víctima y su hermano en la escuela más cercana a su residencia y se gestione ante la autoridad competente una beca estudiantil o bolsa de estudio para ambos ante el Ministerio de Educación.
Asimismo, el acusado deberá recibir terapias psicológicas en el centro de cumplimiento de condena, para que pueda comprender el derecho a respetar y no violentar el derecho de los niños y niñas a su indemnidad sexual.
Al estar firme el fallo y a efecto de cumplir con lo ordenado se publica la presente.
Guatemala, 6 de junio de 2023

