Publicado el 28 Octubre 2025
Fiscalía logró sentencia de 14 años de prisión por delito de violación con circunstancias especiales de agravación
La Fiscalía de Distrito de Suchitepéquez logró que el Tribunal de Sentencia Penal de Delitos de Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer y Violencia Sexual de Suchitepéquez dicte sentencia de 14 años de prisión inconmutables a Luis García Jorge por el delito de violación con circunstancias especiales de agravación cometido en agravio de una adolescente de 13 años de edad.
Como parte de la sentencia, se suspendió al condenado en el goce de sus derechos políticos por el tiempo que dure la condena. Además, como pena accesoria se ordenó la publicación de la sentencia, al estar firme el fallo en las páginas electrónicas oficiales del Ministerio Público y el Organismo Judicial, sin hacer públicos los datos personales de la víctima.
Asimismo, el acusado deberá actualizar e informar al Ministerio Público, con respecto a los cambios que efectúe en relación a la dirección en la que residirá y el nombre completo del patrono con quien laborará, la dirección del sitio de trabajo y puesto, para agregarlo en el Registro Nacional de Agresores Sexuales.
Como medidas de seguridad y victimológicas se ordena al Sistema de Atención Integral que derive a la víctima a una institución que le brinde apoyo psicológico y ocupacional, dentro del perímetro de su domicilio, para recibir atención psicológica que le permita superar las secuelas del daño caudado a consecuencia del delito.
La fiscalía logró demostrar que el sindicado aprovechó la vulnerabilidad de la víctima a quien amenazó diciéndole que si decía algo de lo sucedido primero mataría a sus hermanos pequeños y después a sus padres.
Se determinó que hubo sufrimiento psicológico instaurado en la niña a consecuencia de una situación de índole sexual, de acciones abusivas y violentas en su contra. Aprovechando los factores de vulnerabilidad de la niña, el sindicado tomó ventaja llevo las acciones en su contra, por lo que la víctima experimentó sentimientos de enojo, cólera, odio, vergüenza y necesidad de abandonar el lugar de su domicilio y afectó su proyecto de vida porque tuvo que dejar de estudiar. Las respuestas emocionales son consecuencia de los hechos ocurridos. Al quedar en firme el fallo y a efecto de cumplir con lo ordenado se publica la presente.
Guatemala, 28 de octubre de 2025

