Publicado el 17 Noviembre 2025
Fiscalía logra sentencia de más de 34 años de prisión por delitos cometidos contra una niña de 7 años de edad
La Fiscalía Distrital de Puerto Barrios presentó medios de prueba ante el Tribunal de Sentencia Penal de Delitos de Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer y Violencia Sexual del departamento de Izabal a través de los cuales se dictó sentencia condenatoria a José Catalino Flores Padilla.
Fue condenado por los delitos de agresión sexual (5 años de prisión), violación con agravación de la pena (13 años con 4 meses de prisión), violación (8 años de prisión) y violación con agravación de la pena (8 años de prisión) para un total de 34 años y 4 meses de prisión inconmutables, en agravio de una niña, los fueron cometidos a partir de sus 7 años de edad.
Como pena accesoria se le suspendió a Flores Padilla en el goce de sus derechos políticos por el tiempo que dure la condena. Además, se ordenó que sea incluido en el Registro Nacional de Agresores Sexuales y que se publique el fallo, ocultando los datos de la víctima en las páginas del Ministerio Púbico y el Organismo Judicial.
También deberá pagar Q2 mil 500 en concepto de daño material y Q2 mil 500 por daño inmaterial a favor de la víctima y como garantías de no repetición deberá recibir terapias psicológicas por un año y tres sesiones de Derechos Humanos de las Mujeres en el centro de cumplimiento de condena, con el objeto de modificar sus patrones de conducta, toda vez que la violencia es aprendida y puede desaprenderse. La capacitación en derechos humanos de las mujeres es necesaria para que el acusado no vuelva a violentar dichos derechos.
Se declaró a la víctima como sobreviviente de violencia sexual. Asimismo, se ordenó al Sistema de Atención Integral derivar a la agraviada a una institución de apoyo en el perímetro de su domicilio para recibir terapia psicológica que le ayude a empoderarse y reconocer el derecho que tiene a vivir una vida libre de violencia sexual.
El Sistema de Atención Integral también deberá hacer las coordinaciones necesarias para que la víctima sea beneficiada con una beca estudiantil a través de la Dirección Departamental de Educación; que se le incluya dentro de un programa con la finalidad de que pueda desarrollar habilidades personales a través del Ministerio de Cultura y Deportes y que sea incluida dentro de programa del Ministerio de Desarrollo Social de Guatemala a efecto que se le brinde ayuda económica.
La fiscalía demostró que la niña fue sometida de forma abrupta al mundo de la sexualidad a su corta edad, el sindicado aprovechó las relaciones desiguales de poder y la posición que ejercía dentro del entorno familiar, con lo que vulneró su libertad e indemnidad sexual y le causó daño psicológico, cometiendo un abuso sobre ella de forma continuada.
Las acciones la obligaron a someterse a experiencias inapropiadas para su edad e irrumpieron en su proceso sano de desarrollo como niña. El sindicado la amenazó y la manipuló a través de acciones de afecto y sentimientos de soledad para que no dijera lo sucedido.
Es necesario incluir a la víctima en un proceso psico-educativo que incluya una intervención en cuanto a educación en temas de sexualidad, seguridad y autoestima, ello debido a que la víctima cuenta con factores de riesgo, que pueden repercutir en su futuro. Al quedar en firme el fallo y a efecto de cumplir con lo ordenado se publica la presente.
Guatemala, 17 de noviembre de 2025

