Publicado el 20 Noviembre 2025
Ministerio Público logra condena de 8 años de prisión por violación
Agencia Fiscal de la Fiscalía de la Mujer en Livingston, Izabal logró que el Tribunal de Sentencia Penal de Delitos de Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer y Violencia Sexual del mismo departamento dicte sentencia condenatoria de 8 años de prisión a Sebastián Coy Paz por el delito de violación cometido contra una adolescente de 13 años.
Como pena accesoria se le suspendió en el goce de sus derechos políticos por el tiempo que dure la condena, además se ordenó que se le incluya en el Registro Nacional de Agresores Sexuales y que se publique en las páginas oficiales del Ministerio Público y del Organismo Judicial el presente fallo ocultando los datos de la víctima.
Además, como reparación digna Coy Paz deberá pagar por daño emergente y lucro cesante Q2 mil, por los gastos ocasionados producto del proceso penal al que fue sometida la víctima. También deberá recibir terapias psicológicas durante un año, además de tres sesiones de Derechos Humanos de las Mujeres que serán impartidas en el centro de cumplimiento de condena, con el objeto de modificar sus patrones de conducta, toda vez que la violencia es aprendida y puede desaprenderse; es necesaria la capacitación en derechos humanos de las mujeres para que el acusado no vuelva a violentar dichos derechos.
Como reparación digna se declaró a la joven como víctima sobreviviente de violencia sexual y se indicó que la sentencia se constituye como una forma de reparación digna en su favor.
Asimismo, se ordenó al Sistema de Atención Integral que derive a la agraviada a una institución de apoyo en el perímetro de su domicilio, para recibir terapia psicológica que le ayude a empoderarse y reconocer el derecho que tiene de vivir una vida libre de violencia sexual.
La fiscalía logró demostrar que el sindicado se aprovechó de la vulnerabilidad de la adolescente, por su minoría de edad, su condición de mujer y las relaciones desiguales entre hombres y mujeres; utilizó violencia psicológica y vulneró su libertad e indemnidad sexual. Al quedar en firme el fallo y a efecto de cumplir con lo ordenado se publica la presente.
Guatemala, 20 de noviembre de 2025

