Publicado el 16 Febrero 2026
Ministerio Público obtiene sentencia de 18 años de prisión por el delito de violación con agravación de la pena
La Agencia Fiscal de la Fiscalía de la Mujer en Coatepeque logró que el Tribunal de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de Coatepeque dicte sentencia condenatoria de 18 años de prisión inconmutables a Jesús Romero Moralez por el delito de violación con agravación de la pena con circunstancias especiales de agravación.
El delito fue cometido contra la indemnidad sexual de una adolescente de14 años de edad, producto del cual quedó embarazada. Como penas accesorias se ordenó la publicación de la sentencia al estar firme el fallo en las páginas electrónicas del Ministerio Público y el Organismo Judicial sin hacer públicos los datos personales de la víctima.
Además, el Ministerio Público deberá agregarlo al Registro Nacional de Agresores Sexuales, por lo cual el acusado deberá actualizar e informar con respecto a los cambios que efectúe con relación a la dirección en la que residirá y el nombre del patrono, en caso labore, además de la dirección del sitio de trabajo y puesto.
También se le suspendió en el ejercicio de sus derechos políticos durante el tiempo que dure la condena. Por el daño moral causado deberá pagar Q50 mil y como medidas de no repetición deberá recibir apoyo terapéutico enfocado en inteligencia emocional y derechos humanos de la niñez, para superar las conductas que tienden a vulnerar esos derechos, así como actos constitutivos de delitos sexuales. Este apoyo terapéutico deberá recibirlo una vez cada 15 días durante seis meses.
Como medidas de seguridad se le prohibió acercarles a la víctima y su familia, a través de terceras personas y vía telefónica. Deberá abstenerse de ejercer cualquier tipo de amenaza, intimidación o cualquier tipo de comunicación.
Como medida de rehabilitación se ordenó que la víctima reciba tratamiento psicológico una vez al mes por el plazo de dos años. Asimismo, se deberá oficiar a la Oficina de la Mujer de la Municipalidad de Génova, Quetzaltenango para que realice jornadas de sensibilización para las mujeres, con la finalidad que comprendan sus derechos sexuales, una vida libre sin violencia y cultura de denuncia.
La fiscalía logró demostrar que el agresor subestimó a la víctima como menor de edad, como mujer y la redujo a un objeto sexual. En el hecho hubo agresividad, abuso de poder, relación desigual de fuerzas y la creación de una oportunidad que solo lo beneficiaba a él.
Según los análisis la víctima presenta síntomas postraumáticos caracterizados por recuerdo, temor, inseguridad, precaución y malestar psicológico. Además, presenta daño psicológico y daño a su proyecto de vida ya que los eventos traumáticos vividos son un obstáculo para su desarrollo. Al quedar en firme el fallo y a efecto de cumplir con lo ordenado se publica la presente.
Guatemala, 16 de febrero de 2026

