Publicado el 22 Septiembre 2022
Hombre es condenado a prisión por violación y producción de pornografía de personas menores de edad
La Fiscalía de Ejecución logró sentencia condenatoria de 33 años y 8 meses de prisión en contra de Filiberto Max Chiquin por los delitos de producción de pornografía de personas menores de edad y por 2 de violación.
Los delitos fueron cometidos contra una niña de 10 años de edad; el ahora condenado aprovechó las relaciones desiguales de poder y violentó a la niña en varias ocasiones, además mientras cometía el acto grabó un video con el teléfono celular de la víctima.
Con la evidencia presenta por la fiscalía, el Tribunal de Sentencia Penal de Delitos de Femicidio y Otras Formas de violencia contra la Mujer y Violencia Sexual del Departamento de Alta Verapaz además le impuso una multa de Q50 mil y como pena accesoria la publicación de la sentencia en las páginas electrónicas oficiales del Ministerio Público y el Organismo Judicial sin hacer públicos los datos personales de la niña víctima.
Como compensación y acciones victimológicas el Tribunal ordenó medidas de compensación simbólica con las cuales se busca la dignificación y resguardo de la identidad de la niña, además en forma de reparación al daño moral Max Chiquín deberá entregar a la víctima Q10,000.00.
También se ordenó que la niña y su madre, considerada como víctima colateral del hecho, reciban terapia psicológica a efecto de superar las secuelas del daño emocional ocasionado por los delitos cometidos en su contra, en un plazo no menor de 6 meses, debiendo considerar aumentar el plazo si se estima pertinente.
Asimismo, se ordenó al Ministerio de Educación incluir a la niña en un programa de becas estudiantiles para que pueda continuar con su educación. También se ordenó que Max Chiquín reciba terapia psicológica por el plazo de un año debiendo coordinar con el centro penitenciario respectivo, a efecto de que sea integrado a un programa que le ayude a desaprender las conductas de violencia sexual que le fueron acreditadas, debiendo presentar la institución designada informe escrito ante el Juzgado de Ejecución Penal que corresponda, cada cuarto mes para acreditar la asistencia del condenado.
En cumplimiento a la pena accesoria se hace la publicación correspondiente de la sentencia.
Guatemala, 22 de septiembre de 2022.

