Publicado el 14 Agosto 2024
Ministerio Público obtiene sentencia por violación
A través de la evidencia presentada por la Fiscalía Municipal de Livingston, Izabal, el Tribunal de Sentencia Penal de Delitos de Femicidio y Otras formas de violencia contra la Mujer y Violencia Sexual de Izabal dictó sentencia de 13 años con 3 meses de prisión inconmutables a Manuel Quej Chub, por el delito de violación con agravación de la pena.
Asimismo, se le suspende en el goce de sus derechos políticos por el tiempo que dure la condena. Se ordena su inscripción en el Registro Nacional de Agresores Sexuales y publicar el fallo ocultando los datos de la víctima, en las páginas del Ministerio Público y el Organismos Judicial.
En cuanto a la reparación digna y medidas de no repetición se reconoce a la víctima como sobreviviente de violencia sexual, por lo cual se ordena al Sistema de Atención Integral a la Víctima que la misma sea remitida a tratamiento psicológico y de ser necesario psiquiátrico, cerca de su lugar de residencia, para empoderarla en cuanto a su proyecto de vida.
Como garantía de no repetición de violencia, se ordena que el condenado acuda o se incorpore a los grupos de terapia que se imparten en los centros de reclusión a efecto de que haga conciencia de que su actitud violenta en contra de las mujeres no es tolerable, no es normal y no debe realizarla.
Además, se ordenó que reciba en el centro de reclusión correspondiente, tratamiento psicológico por un plazo no menor a dos años a efecto que comprenda que debe tratar a las mujeres respetando su dignidad y demás derechos humanos.
El hecho fue cometido desde el 18 de enero hasta el 21 de enero de 2019 en agravio de la indemnidad sexual de una niña de 13 años de edad. Quej Chub aprovechó la confianza brindada por los padres de la niña, la desigualdad de poder, la minoría de edad de la víctima y la sometió a violencia física y psicológica.
Se determinó que, como consecuencia de los hechos, la niña sufrió cambios y daños físicos y psicológicos en su vida cotidiana, le cambió su proyecto de vida por las acciones del acusado y por el evento traumático que enfrento y que le provocó una maternidad temprana. Para efecto de cumplir con lo ordenado se publica la presente.
Guatemala, 14 de agosto de 2024

